¿Quieres mantener tu carnet de circulación activo? ¡Las nuevas normas DGT te dicen qué NO debes hacer!

2022-03-28 / Autoescuela Maurina

La Dirección General de Tráfico ha diseñado unas nuevas normas, que entraron en vigor este 21 de marzo de 2022, trayendo a la palestra modificaciones que se adaptan a una nueva manera de vivir, siendo más conscientes de forma ecológica e imponiendo formas para una regularidad y seguridad vial completa en España.

La Covid-19 trajo consigo muchos cambios que nos han sumergido en trabajo virtual y el impacto ambiental que tenemos con actividades diarias, por lo cual estas nuevas reglamentaciones de la DGT abogan por el respeto de los vehículos de movilidad personal y el uso más consciente de la tecnología al conducir.

Las nuevas normas DGT traen consigo sanciones por infracciones y atropellos a la seguridad vial, que como les mostraremos en números y contexto, marcarán la diferencia al cumplirse.


Estas son las reglas de tráfico, las restricciones y consecuencias que se tendrán en cuenta en España a partir de ahora:

1.   Distracciones mortales: El año 2016 es un punto de referencia, pues desde entonces las distracciones mientras se conduce han sido la causa indiscutible de muertes y accidentes en las autopistas españolas. En esta nueva ley, la DGT aumenta la detracción de puntos en el carnet de circulación. Se restarán 6 puntos al demostrarse que se estaba usando el móvil o cualquier dispositivo de telefonía móvil mientras se conduce (en esta categoría entran auriculares, teléfonos móviles, tablets, relojes inteligentes, entre otros).


2.  Uso correcto de los elementos de seguridad vial: De acuerdo con los datos ofrecidos por la DGT, 1 de cada 4 fallecidos en accidentes de tráfico no hace uso correcto del casco de seguridad, ni del cinturón de seguridad, así como tampoco de los dispositivos de retención infantil, causando víctimas fatales al ser tan vulnerables. Por lo cual, la DGT amplía la sanción, pasando de 3 a 4 puntos detraídos del carnet de circulación.


3.   Máximo respeto a los ciclistas en las vías: Durante el 2020, la cifra de siniestralidad y accidentes de tránsito terrestre se redujo, sin embargo, se vio un aumento en la mortalidad de ciclistas, teniendo un total de 21 muertes, es decir, una de cada 5 muertes en carreteras fue causada a un ciclista. Esta cifra es significativa, teniendo en cuenta que el año 2020 fue uno de los menos activos en la vialidad. Por esto, una de las nuevas normas más aplaudidas de la DGT es el aumento a 6 puntos sustraídos del carnet de circulación al cometer infracciones como: no cambiar totalmente el carril de circulación al adelantar a un ciclista o no respetar la distancia mínima de 1.5m.


4.  Tasa 0,0 de consumo de alcohol en menores: Esta norma se especifica como grave, teniendo multas de hasta 500 euros. Dentro de esta norma DGT se especifica que el menor en cuestión no puede dar ningún resultado positivo ni en alcohol consumido como bebida ni en aire espirado, abarcando también que esta norma está vigente para cualquier tipo de vehículo.


5.   Arrojar Colillas: Durante el año 2020, el 3% de los incendios forestales fueron causados por colillas mal apagadas o arrojadas desde un vehículo. En consecuencia a ello y al recordado incendio del Parc Natural del Cap de Creus en el 2021 (donde se considero como hipótesis que una colilla mal apagada causó el incendio), la DGT ha tomado cartas en el asunto estableciendo 6 puntos de detracción para aquellos que no cumplan esta norma.


6.  Límite de velocidad: La DGT en su nueva Ley de Tráfico establece que a partir de este 21 de marzo de 2022 el límite permitido es de 20km/h para adelantar a otro vehículo, costando una multa de 100 euros a quien cometa la infracción de superarlo.


7.   Reglamentación de Patines Eléctricos: Considerados como vehículos de movilidad personal, la DGT busca proteger y regular a los que se trasladan de esta forma, de manera que tengan que obedecer a medidas como no consumir alcohol ni usar auriculares. Deberán usar objetos de seguridad vial personal como casco y no tendrán permitido, a partir de ahora, transitar por aceras o áreas peatonales. Así mismo, deben contar con documentación necesaria donde se verifique su edad y cumplimiento de normas que avalen su carnet de circulación.


8.  Inhibidores de radares: Como multa grave, sancionada con pagos de 500 euros, la nueva norma del DGT advierte qué deben esperar aquellos que usen dispositivos que interfieran o puedan alterar el uso normal del equipo de seguridad y tránsito vial en la vía pública.


9.  Edad y Documentación: La nueva norma DGT da un cambio importante en cuanto a la edad legal para la adquisición del carnet de circulación. La edad estándar se mantenía en los 21 años, sin embargo, se reduce ahora a 18 años. Esto permite que los individuos pueden conducir autocares cuya velocidad no sea mayor a 50km pero con la condición de circular sin pasajeros.


10. Puntos desde cero: Dentro de esta nueva normativa de la DGT se tendrá la medida de dos años como el tiempo aceptado para recuperar puntos en el carnet de circulación. Dos años sin cometer faltas e infracciones, para que se te otorguen 6 puntos de forma anual.


La Dirección General de Tráfico actualizó su reglamento con la finalidad de adaptarse a las necesidades y realidades de una vialidad que sin lugar a dudas cumple con lo que ellos mismos dicen “Nuevos tiempos, nuevas normas”, dando cabida y seguridad a todos los que hacen vida en las autopistas, promoviendo una ambiente de respeto vial, seguridad y consciencia hacia cada usuario.